SII – EL NUEVO SISTEMA DE SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACION A EFECTOS DEL IVA

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Al efectuar la declaración mensual, las empresas a las que les aplique este sistema, quedaran eximidas de presentar la declaración del mod 347 (declaración anual de operaciones con terceros) , el resumen anual del IVA (mod 390) y el mod 340 (REDEME)

Esto conlleva que las declaraciones se podrán presentar hasta el día 30 de cada mes en lugar del día 20 como e estaba haciendo hasta ahora.

El suministro de información Inmediata es muy exigente. Plantea establecer hábitos de trabajo muy rigurosos y mecánicos. Cada empresa tiene sus propias características, pero una forma práctica puede ser hacerlo tres veces al mes, tanto emitir facturas como registrar las recibidas y después, dentro de los cuatro días efectuar el envío a Hacienda. De esta forma se suministraría información tres veces al mes.

Otras observaciones:

Parece que, en un principio, mientras arranca todo este nuevo sistema, hacienda no optará mucho por aplicar las sanciones, siempre que no sea por dejadez o desidia. De todas formas, las sanciones que Hacienda puede imponerle es del 0,5% del importe de las facturas no declaradas, con un mínimo trimestral de 300 euros y un máximo de 6.000.

Los libros de registro se llevarán en un formulario electrónico o en un servicio web que Hacienda pondrá en marcha en su Sede Electrónica.

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